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Participación activa

Debe adquirir estado de participación activa antes de obtener créditos de pensión o años de servicio acumulado

Usted se convierte en participante activo el 1ro de enero o el 1 de julio posterior a la finalización de un período de 12 meses consecutivos durante los cuales haya trabajado un mínimo de 1,000 horas en un empleo pagado. (Si usted es encargado de un guardarropa o un baño, se le deben acreditar al menos 700 horas de servicio en un empleo pagado o debe estar empleado en 100 funciones, en caso de ser camarero de banquetes, dentro de un período de 12 meses consecutivos para alcanzar el estado de participación activa).

Durante el plazo de 12 meses consecutivos en el que alcance el estado de participación activa, usted podría acumular créditos de pensión y años de servicio acumulado para el año calendario en curso y el anterior de acuerdo con el desglose de sus horas de empleo pagado durante esos años.

Si lo contrataron en junio de 2005 y trabajó 1,000 horas de empleo pagado, para junio del 2006, se convertiría en participante activo.
activo el 01 de julio de 2006. Si trabajó un mínimo de 1,000 horas de empleo pagado entre junio y 31 de diciembre de 2005,
recibiría un crédito de pensión completo por el año 2005, más créditos de pensión según las horas que trabajó en el año 2006.
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